La obtención del RUT (Rol Único Tributario) es el primer trámite que deben hacer las personas o entidades que quieren desarrollar algún tipo de actividad económica y consiste en la presentación de una declaración para registrarse y obtener la numeración única que lo distinguirá como contribuyente en el SII.
Por su parte, el inicio de actividades es el acto a través del cual los contribuyentes informan al SII sobre el comienzo de su actividad económica formalizada. Esta es una obligación legal para toda persona, natural o jurídica, que potencialmente vaya a realizar actos gravados con impuestos.
DESCARGA EL INSTRUCTIVO PARA EL TRÁMITE DE INICIO DE ACTIVIDADES ANTE EL SII AQUÍ
A continuación, revisaremos ambos trámites...