El Impuesto Territorial, también conocido como Contribuciones, se aplica sobre el avalúo fiscal de los bienes raíces ubicados dentro del territorio nacional, el cual se divide en 4 cuotas anuales: abril, junio, septiembre y noviembre; y su recaudación es de beneficio municipal.
La tasa de este impuesto varía dependiendo de las características y destino de los bienes raíces, distinguiendo entre bienes raíces agrícolas o no agrícolas, bienes con destino habitacional, sitios no edificados o sitios eriazos.
Los avalúos de los bienes raíces se determinan en los procesos de reavalúos y se actualizan por la variación del índice de precios del consumidor (IPC). Estos reavalúos pueden realizarse a través de procesos masivos llevados a cabo por el SII o a través de modificaciones individuales, las cuales pueden ser solicitadas por el Municipio, la Tesorería General de la República, el Ministerio de Obras Públicas, o el SII, entre otros.